El régimen 73 del IMSS en relación a los pensionados, vamos a explicar lo que es, en quienes aplica y cuáles son las características. Para comenzar hay que aclarar que este régimen bajo la ley del IMSS, es una modalidad de pensión.
Al ser esto una manera distinta en la cual los ciudadanos trabajadores de México obtienen su pensión, hay que aclarar con detalles sus diferencias.
¿A qué se refiere el régimen 73 del IMSS?
El régimen 73 o ley 73 del IMSS, es la modalidad anterior en la cual se calculaba a los pensionados en México. Esto refiere a que el cálculo de tu pensión se maneja diferente, principalmente que la mayoría del dinero de tu pensión es dado, no solo de las aportaciones, sino también por parte del estado.
Por su puesto, radica en que la modalidad de pensiones de este estilo fue creada con las reformas del IMSS de 1973.
A diferencia de las pensiones actuales, estas estipuladas después de 1997, con la creación de los AFORES, no dependen en su totalidad de los ahorros del trabajador. Esta pensión se maneja con un cálculo de devolución por los años de servicio y el pago de sus impuestos. Dicho cálculo es el siguiente:
Es el promedio de multiplicar tu salario base, por 365, que son los días del año y dividirlo por 12, que son los meses. De este modo arrojará un número que representará tu pensión mensual.
¿Quiénes son los que pueden disfrutar una pensión del régimen 73?
Los trabajadores que hayan cotizado semanas ante el IMSS, teniendo un trabajo formal o profesional y con impuestos al día. Siempre y cuando estos hayan cotizado entre 250 y 500 semanas antes del 1 de Julio de 1997. En caso de no entrar en esta categoría, no te corresponde pensión bajo el régimen del 73.
¿Qué requisitos se necesitan, para ser acreedor a una pensión bajo la ley 73 del IMSS?
Esta es la lista de requisitos para poder solicitar una pensión bajo el régimen 73, ya que no solo basta con encajar bajo esta ley. Los requisitos son:
- Tener cumplidas 500 semanas cotizadas como mínimo.
- Dependiendo del rango de edad, se te otorgará un porcentaje de tu pensión. Esto varia a partir de los 60 hasta los 65 años.
- Estado de cuenta de tu AFORE o comprobante de cotización de semanas.
- Un estado de cuenta bancario CLABE para realizar depósitos y transferencias.
- Resolución o negativa por parte del IMSS respecto a tu pensión.
A continuación, una tabla con el porcentaje de entrega de pensión:
Tipo de pensión | Edad correspondiente | Porcentaje de la pensión |
Vejez | 65 | 100% |
Cesantía | 64 | 95% |
Cesantía | 63 | 90% |
Cesantía | 62 | 85% |
Cesantía | 61 | 80% |
Cesantía | 60 | 75% |
¿Cómo puedo obtener mi pensión bajo la ley 73 del IMSS?
Los pasos que hay que seguir si estas interesado en obtener tu pensión, son los siguientes:
- Dirígete a la subdelegación del IMSS más cercana a tu domicilio.
- Una vez allí, realiza una solicitud de pensión y prepara los papeles antes citados.
- Ahora, si tienes AFORE, lleva una “solicitud de recuperación de recursos” a las oficinas de la entidad financiera que maneja dicho AFORE.
- En una semana o 6 días hábiles, la institución que maneja tu AFORE o el mismo IMSS pondrá en disposición los recursos de la pensión.
Nota 1: es claro que, al momento de solicitar tu pensión, el IMSS te indicará a que régimen perteneces y cual es porcentaje que te corresponde, calculado con la tabla de parte superior.
Nota 2: no todas las modalidades de pensión se entregan en efectivo, solo entran: SAR 92-97, Retiro 97 e INFONAVIT 1997. En caso de cesantía por avanzada vejez y cuota social, se va a depósitos de la pensión.
Nota 3: en caso de que el IMSS determine que no entras en el régimen 73, y aun así ya tienes 60 años, solo obtendrás el cálculo regular de tu AFORE. En caso de pertenecer a SAR IMSS 92 y SAR INFONAVIT 92, se te entregarán estos recursos hasta que cumplas 65 años.