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Declaración Bimestral del Régimen de Incorporación Fiscal

Régimen de Incorporación Fiscal (RIF)

Esta declaración bimestral aplica únicamente para aquellos contribuyentes registrados en el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF).

Como el nombre lo indica, se presenta cada dos meses y a diferencia de las mensuales que aplican para los demás regímenes, esta declaración es definitiva.

Es decir, el contribuyente ya no tendría la obligación de presentar una declaración anual.

Esta declaración se presenta de manera bimestral, los días 17 de cada mes. En caso de que el día sea inhabil, pasará a ser la fecha límite al día siguiente.

Cómo presentar la Declaración Bimestral del RIF

Se presenta mediante una aplicación en el SAT llamada Mis Cuentas, que puedes encontrar en este enlace: https://rfs.siat.sat.gob.mx/PTSC/RFS/menu/

Nos llevará a la página del SAT. Buscaremos el menú que dice “Mis declaraciones”, después en Incorporación Fiscal y por último “Declaración” y damos clic.

Dirigirá a la página de acceso en la que se nos solicitará RFC y contraseña. Podemos accesar también por medio de la e.firma (antes conocida como FIEL).

Aparecerá la siguiente ventana. Seleccionamos a qué ejercicio corresponde la declaración, así como el periodo (recordemos que la declaración del RIF es bimestral) y damos clic en “Declarar”.

Se mostrará en pantalla la información de la declaración, como el folio y la fecha de registro. Se enlistarán las obligaciones que estamos presentando en dicha declaración y sólo nos restará dar clic en el botón azul que dice “Normal”.

Si es la primera vez que presentas la declaración del periodo seleccionado, el botón azul dirá “Normal”. Si lo que queremos es corregir información de una declaración presentada previamente, el botón dirá “Complementaria” y dicha declaración será de este tipo.

Aparecerán las obligaciones a declarar, comenzamos con la de IVA. Llenamos la información que se nos solicita, por ejemplo, en la parte de “Ingresos por ventas al público en general” pondremos la suma de todas las facturas que emitimos durante el bimestre seleccionado.

Consideramos también nuestros gastos y cuando terminemos de llenar los datos que se nos soliciten, damos clic en “Calcular” para que el sistema nos indique si según nuestra información tendremos saldo a favor o a pagar.

Si fuera saldo a pagar, deberás pasar al banco a pagar dicho saldo. Si por algún motivo en declaraciones anteriores tuvieras saldo a favor, lo puedes utilizar para no pagar en efectivo el saldo a pagar que actualmente tienes.

Para esto debes poner la cantidad que quieres aplicar en la casilla de “Saldo a favor de periodos anteriores.

Cuando terminemos, marcamos abajo el cuadro que dice “Estoy de acuerdo y acepto el importe a pagar”. Seguiremos entonces con la siguiente obligación, que en este caso es el ISR.

Llenamos los datos que se nos solicitan y damos clic en “Calcular”. Verificamos el ISR que tenemos a pagar, seleccionamos el cuadrito en el que estamos de acuerdo con la cantidad a pagar y damos clic en “Presentar”.

La página nos mostrará este recuadro en el que se nos confirma que sólo estas dos obligaciones serán declaradas. Damos clic en sí para continuar

Por último, aparecerá el acuse de recepción. Podemos tanto descargarlo para tener el archivo en nuestra computadora como imprimirlo para tenerlo físicamente. Teniendo este documento ya habremos presentado y terminado con la declaración.

“Recuerda que esta es una declaración bimestral , por lo que cada dos meses debemos cumplir con esta obligación ante el SAT”.

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