El reparto de utilidades es un derecho que tienen las y los trabajadores para recibir una parte de las ganancias que obtuvo la empresa en la que laboran a lo largo del año.
Cada año las empresas y patrones deben dar esta prestación a sus trabajadores por concepto de las utilidades obtenidas debido al servicio que se ofrece.
¿Cuándo se debe entregar el reparto de utilidades?
Se tienen dos plazos previstos. Para aquellas personas que laboran para una empresa (persona moral) el plazo para recibir este pago es el 30 de mayo, mientras que para las personas que trabajan para una persona física tendrán que recibir su pago a más tardar el 29 de junio.
Si tu patrón o la empresa en la que laboras no te paga utilidades, se puede hacer acreedor a una multa
¿Quiénes no recibirán utilidades?
A pesar de que la mayoría de los trabajadores recibirán esta prestación, hay algunos los cuales no podrán ser acreedores a la misma. Aquellos que prestan sus servicios por medio de Honorarios, aunque sean profesionales o técnicos.
Por su parte, aquellos que sí trabajen directamente con un patrón, ya sea persona física o moral, deberán haber trabajado al menos 60 días en el año, así como su patrón deberá haber generado 300 mil pesos o más de ganancias.
Para más información sobre esta prestación, puedes visitar la siguiente página: Reparto de utilidades
Con las nuevas reformas a las leyes de materia de subcontratación, además de la eliminación del outsourcing manejado de manera ilegal, en este momento los trabajadores recibirán hasta 90 días de reparto de utilidades, siempre y cuando se cumplan las condiciones antes mencionadas.
En el caso del sector minero, en el que en promedio se pagan 93 días, se anunció que no habrá afectaciones, es decir, no habrá cambios en este rubro.

