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Certificado de Defunción

¿Qué es el Certificado de Defunción?

El certificado de defunción es un documento que expiden las instituciones médicas tanto públicas o privadas, que certifica las causas de la muerte de una persona, fecha, hora y lugar del fallecimiento.

A su vez validan la defunción de un ciudadano, con esto se puede pasar a realizar la baja del individuo en distintos programas y a sus beneficiarios acceder a las pensiones correspondientes.

Este documento lo expide el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) a sus derechohabientes al momento de fallecer, tanto en sus hospitales mientras son pacientes, como en sus hogares.

 En ambos casos, un médico del IMSS realizara la verificación del deceso (en caso de que la persona falleciera en su hogar, el medico se trasladaría hasta el domicilio para realizar la verificación).

El Certificado de Defunción tendrá la información de las causas del fallecimiento, hora, lugar y fecha del evento.

¿Qué Documentos necesito para poder obtenerlo?

Se necesitarán los siguientes documentos:

  • Identificación Oficial vigente, de preferencia INE, Pasaporte o Cartilla Militar.
  • Número de Seguridad Social. En Original.
  • Copia Certificada del Acta de Nacimiento, Acta de Adopción o Acta de Reconocimiento. Se quedará en el expediente. En Original y Copia.
  • Comprobante de Domicilio del Fallecido o de la Persona Legalmente Responsable, con una antigüedad no mayor a tres meses. En Original y Copia.

Si es para un extranjero en territorio mexicano se pedirá:

  1. Identificación oficial vigente. ID, pasaporte o licencia de conducir. Original y Copia
  • Número de Seguridad Social (NSS). Original
  • Acta de nacimiento, Acta de Adopción o Acta de Reconocimiento, la cual se quedará en el expediente. Original y Copia
  • Comprobante de domicilio del fallecido o de la persona legalmente responsable, con antigüedad no mayor a tres meses de expedición. Original y Copia

¿Cómo obtengo el certificado de defunción?

Este trámite tendrá que realizarlo un Familiar o la Persona Legalmente Responsable del fallecido. Esto puede ser la pareja (esposo/a conyugue o hijos). Esta se expedirá momentos después de que el derechohabiente fallezca en el UMF. Lo emitirá el medico encargado del paciente.

En caso de que la persona fallezca fuera de la UMF, se tendrá que acudir a Unidad de Medicina Familiar (UMF) correspondiente. Dentro de los horarios de 8:00 a 14:00 horas en turno matutino y de 14:00 a 20:00 horas en turno vespertino. Esto después de que un médico correspondiente analice el cuerpo y dicho cuerpo ya se encuentre en la unidad de morgue correspondiente.

Recuerda llevar los Documentos solicitados en Original y con Copia.

¿Qué debo tener en cuenta para el certificado de defunción de mi familiar?

  • El fallecido deberá estar vigente cómo derechohabiente del Instituto Mexicano del Seguro Social.
  • Si el paciente muere antes de llegar a la UMF, (en el traslado), el médico determinará si procede o no realizar el certificado de defunción.
  • En caso de que el derechohabiente fallezca en su domicilio, se debe esperar a que un médico correspondiente de la UMF, llegue a realizar la revisión necesaria y dictamen.
  • En caso de que el médico determine que el deceso no fue por causas de enfermedades con antecedente o formas naturales, se procederá a dejar el caos en manos del Ministerio Público.

Si las causas de la muerte son sospechosas, se comunicará a las autoridades.

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